Académicos dan guía rápida de jubilación
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Académicos dan guía rápida de jubilación
El ITESO organizó el conversatorio “Antes de jubilarme… ¿Qué tengo que hacer?”, en el que los académicos Ignacio Román y Stephanie Calvillo plantearon el panorama administrativo y jurídico en torno al sistema de pensiones en México.
Montserrat Muñoz
En el tema de pensiones las proyecciones no son alentadoras: mientras que la pirámide poblacional del país envejece, la esperanza de vida ha aumentado en las últimas décadas, alcanzando en promedio hasta 89 años. “Para el año 2050 vamos a tener menos gente sosteniendo las pensiones de más personas y por más tiempo”, señaló Ignacio Román Morales, profesor jubilado del ITESO. Esto lo mencionó durante el conversatorio “Antes de jubilarme… ¿Qué tengo que hacer?”, organizado por el Departamento del Hábitat y Desarrollo Urbano (DHDU) del ITESO. Durante la sesión, el economista, con base en su experiencia personal, dio consejos prácticos y explicó el entramado administrativo que implica pensionarse en México.
Como contexto, señaló que no se ha logrado un avance en los últimos 60 años en cuanto a la población asegurada en relación con la población ocupada total —menos de 40 por ciento de los trabajadores del país cuentan con protección social—, además de que la proporción de asegurados jóvenes no ha aumentado y el poder adquisitivo del salario se ha derrumbado en los últimos 40 años.
“Lo que se paga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un porcentaje de lo que ganamos. Si se cae lo que ganamos, cae brutalmente el ingreso de la seguridad social. Es un sistema abandonado a lo largo de décadas”, lamentó.
Poner documentos y finanzas en orden
Para hacer el proceso administrativo un poco más sencillo, Román Morales propone poner las cosas en orden: tener en regla la Clave Única de Registro de Población (CURP) y el Número de Seguridad Social (NSS), organizar los documentos para probar el historial laboral, además de leer las leyes correspondientes y decidir el momento idóneo para pensionarse, bajo el entendido de que el derecho es cambiante y hay que hacer los cálculos pertinentes “como punto de llegada y no como punto de salida”, mencionó.
Relató su experiencia al firmar el documento de elección de régimen, disponible para quienes como él comenzaron a cotizar ante el IMSS antes del primero de julio de 1997. El monto que le ofrecían si optaba por la Ley de 1997 era 400 por ciento menor que lo que obtendría bajo el régimen de 1973. En la Ley de 1997 el aguinaldo del académico sería inexistente y el monto que podría retirar de su afore no superaría los 5 mil pesos.

A pesar de que hay trabajadores que pueden verse beneficiados con la elección de regímenes gracias al ajuste a las pensiones del IMSS, avalado por el gobierno de Vicente Fox, señaló que son los menos. Por ello insistió en la importancia de las decisiones financieras individuales a lo largo de toda la vida laboral. “Tenemos que aprender de finanzas. Ir metiendo lo que podamos, cien, 500, mil pesos al mes, en un ahorro de largo plazo y buscar la mejor combinación de bajo riesgo y alta rentabilidad para poder complementar (las pensiones). No se necesita ser un sabio, solo tener noción”, mencionó.
El académico insistió en la importancia de que los jóvenes —y en general a quien corresponda pensionarse bajo el régimen de 1997— conozcan todo lo referente a pensiones, jubilaciones y afores, puesto que no solo atañe a quienes están próximos a jubilarse, sino que “es un asunto de toda la vida. Si no se toman decisiones desde muy chavos, eso puede complicar enormemente la vida”, dijo.
La perspectiva jurídica
Stephanie Calvillo Barragán (foto principal), académica del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos (Dsoj), impartió la sesión en la que se revisó el panorama jurídico de las jubilaciones, centrándose en los derechos de los trabajadores y, en específico, de la seguridad social.
La académica señaló que los programas de asistencia social como el de adultos mayores, la previsión social laboral (que incluye las jubilaciones), la seguridad social (que abarca las pensiones) y los servicios de protección privados complementarios, como los seguros de gastos mayores, son elementos de un sistema de protección de un país.
Es a través de las pensiones que la seguridad social deja de ser un concepto filosófico y se materializa en dinero, salud y prestaciones sociales, señaló.
Las pensiones son prestaciones económicas otorgadas a los trabajadores cuando cumplen ciertos requisitos de edad y semanas cotizadas. Para trabajadores a partir de 65 años, las pensiones pueden ser de cien por ciento, y el porcentaje disminuye si el asegurado se retira a partir de los 60 años. Cabe señalar que, dependiendo del régimen del trabajador, las semanas cotizadas ante el IMSS pueden ser 500 o mil semanas.
En ese sentido, señaló que la seguridad social es un derecho exigible al Estado por la vía jurisdiccional, que de no ser brindado supone una acción reparadora o sancionadora promovida en contra del Estado.
“La asistencia social está enfocada a otorgar prestaciones en dinero o en especie para la población abierta, independientemente que se hayan generado derechos laborales o no. La persona va a tener derecho a prestaciones de dinero en razón de su edad, por ejemplo. Jurídicamente, el acceso a una pensión es un derecho mucho más evolucionado porque cuenta con garantías para volverlo efectivo y eficaz”, declaró.
Explicó que las pensiones son un derecho amparado por el artículo 123 constitucional, en el Apartado A, que regula relaciones laborales. Además explicó que existen dos regulaciones: la ley de 1973 y el régimen de 1997. El aparato de cumplimiento incluye además las leyes del IMSS y del Infonavit, y las leyes de los seguros estatales.
“El financiamiento a la seguridad social, a diferencia de otras prestaciones de naturaleza de protección social, es generalmente tripartita. Una parte la paga el patrón, otra la persona trabajadora y otra el Estado”, dijo, y aclaró que existen algunas excepciones previstas en la ley.
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